En un cierre de año marcado por transformaciones tributarias significativas, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha sentado las bases para el escenario fiscal del 2024. Sovos Saphety Colombia da a conocer las fechas específicas impuestas por la entidad para una transición efectiva.
De acuerdo a Karoll Cuadros, gerente de ventas de Sovos Saphety Colombia, la Resolución 000165, publicada por la DIAN el 2 de noviembre de 2023, establece nuevas directrices que estarán vigentes a partir de dicha fecha, impactando directamente en los procesos de facturación electrónica y las obligaciones tributarias de los contribuyentes. Es fundamental que las empresas comprendan y se ajusten a los plazos establecidos en el artículo 62 de esta resolución, que rige la adopción de anexos técnicos relacionados con la factura electrónica de venta y documentos equivalentes electrónicos.
Febrero 1, 2024 – Migración de anexo técnico 1.8 y 1.9
Fecha de obligatoriedad para la adopción del anexo técnico 1.9 de facturación electrónica.
Según la experta, el panorama fiscal para las empresas
colombianas en 2024 presenta un desafío significativo, pero también abre
puertas a la innovación y adaptación. La implementación de la Resolución 000165
de la DIAN exige una transición rápida y eficiente hacia la facturación
electrónica y la gestión de documentos equivalentes electrónicos.
A continuación, el calendario de implementación para la generación y transmisión de documentos electrónicos, destacando el tiquete de máquina registradora según la categoría de contribuyente. Además, la resolución establece fechas límite para la implementación electrónica de otros documentos equivalentes, con la posibilidad de adelantar el proceso si la funcionalidad está disponible en el sistema de facturación:
Grupo 1 – Documentos equivalentes electrónicos:
3 de febrero de 2024: Grandes Contribuyentes.
1 de marzo de 2024: Declarantes del Impuesto sobre la
Renta que no son Grandes Contribuyentes.
1 de abril de 2024: No declarantes del Impuesto sobre
la Renta y sujetos que no tienen ninguna de las calidades mencionadas.
Grupo 2 - Otros documentos equivalentes:
1 de mayo de 2024: Servicios públicos domiciliarios, tiquete de transporte de pasajeros, extracto.
1 de junio de 2024: Tiquete o billete de transporte
aéreo de pasajeros, boleta, fracción, formulario, cartón, billete o instrumento
en juegos de suerte y azar diferentes a los juegos localizados, documento en
juegos localizados.
1 de julio de 2024: Documento expedido para el cobro
de peajes, comprobante de liquidación de operaciones expedido por la Bolsa de
Valores, documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros
commodities.
1 de agosto de 2024: Boleta de ingreso a espectáculos
públicos de las artes escénicas y otros espectáculos públicos, boleta de
ingreso a cine.
“Las fechas límite establecidas, junto con las
modificaciones en la tributación por presencia económica significativa y los
ajustes en el costo fiscal de activos fijos, demandan una planificación
estratégica cuidadosa. Sin embargo, estas transformaciones ofrecen
oportunidades para mejorar la eficiencia operativa y fortalecer la
transparencia fiscal. La colaboración activa con la DIAN y la participación
proactiva en sesiones informativas se destacan como elementos clave para el
éxito en este nuevo entorno normativo”, concluyó.