martes, julio 28, 2020

Asofondos registra con respeto fallo de inexequibilidad del Decreto 558


Ante el reciente fallo emitido por la Corte Constitucional, mediante el cual declaró la inexequibilidad del Decreto 558 de 2020, expedido al amparo de la emergencia económica, social y ambiental, Asofondos está a la espera de conocer plenamente el detalle de la decisión a fin de abordar un análisis más profundo sobre su alcance. Sin embargo, frente a lo que ha trascendido desde el alto tribunal, el sector AFP respalda el fallo y reafirma la solidez del régimen de ahorro individual para garantizar el pago de las pensiones de sus afiliados, sector bajo el que operan desde hace 26 años Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia.
“Reiteramos, tras este fallo, que las administradoras de los fondos de pensiones constituyen un sector sólido, cuya experiencia y capacidad para cumplirles a sus afiliados, entre ellos, sus pensionados, está más allá de toda duda. Las AFP han cumplido, cumplen y seguirán honrando sus obligaciones como el mejor aliado de los trabajadores en la construcción de su ahorro previsional”, enfatizó Santiago Montenegro Trujillo, presidente de Asofondos, el gremio que representa a las administradoras de fondos de pensiones en Colombia.
De momento, está claro que los 20 mil pensionados en las AFP, que originalmente iban a ser obligados a trasladar su ahorro (equivalente a $5 billones) a Colpensiones en cumplimiento del Decreto 558, seguirán donde están, en sus administradoras de fondos de pensiones, recibiendo sus mesadas de forma vitalicia.
“Sin embargo, el gobierno mismo con la expedición del Decreto modificatorio 802, ya recogía algo de lo fallado recientemente por la Corte Constitucional. En tal sentido, consideramos que se respeta el derecho individual del afiliado y, de paso, se ratifica la importancia del ahorro individual para la tranquilidad del trabajador en su etapa de retiro”, aseguró Montenegro.