Ante el reciente fallo emitido
por la Corte Constitucional, mediante el cual declaró la inexequibilidad del
Decreto 558 de 2020, expedido al amparo de la emergencia económica, social y
ambiental, Asofondos está a la espera de conocer plenamente el detalle de la
decisión a fin de abordar un análisis más profundo sobre su alcance. Sin
embargo, frente a lo que ha trascendido desde el alto tribunal, el sector AFP respalda
el fallo y reafirma la solidez del régimen de ahorro individual para garantizar
el pago de las pensiones de sus afiliados, sector bajo el que operan desde hace
26 años Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia.
“Reiteramos, tras este fallo,
que las administradoras de los fondos de pensiones constituyen un sector
sólido, cuya experiencia y capacidad para cumplirles a sus afiliados, entre
ellos, sus pensionados, está más allá de toda duda. Las AFP han cumplido, cumplen
y seguirán honrando sus obligaciones como el mejor aliado de los trabajadores
en la construcción de su ahorro previsional”, enfatizó Santiago Montenegro
Trujillo, presidente de Asofondos, el gremio que representa a las
administradoras de fondos de pensiones en Colombia.
De momento, está claro que los
20 mil pensionados en las AFP, que originalmente iban a ser obligados a
trasladar su ahorro (equivalente a $5 billones) a Colpensiones en cumplimiento
del Decreto 558, seguirán donde están, en sus administradoras de fondos de pensiones,
recibiendo sus mesadas de forma vitalicia.
“Sin embargo, el gobierno
mismo con la expedición del Decreto modificatorio 802, ya recogía algo de lo
fallado recientemente por la Corte Constitucional. En tal sentido, consideramos
que se respeta el derecho individual del afiliado y, de paso, se ratifica la importancia
del ahorro individual para la tranquilidad del trabajador en su etapa de
retiro”, aseguró Montenegro.