Desde el 15 de julio entró en vigencia el Reglamento Técnico para las Redes
Internas de Telecomunicaciones (RITEL), el cual permite que los usuarios puedan
acceder a la televisión abierta radiodifundida y escoger libremente a su
operador de servicios de telecomunicaciones (internet, TV por suscripción y
telefonía) y no estar limitados a contar sólo con servicios de un único
proveedor.
Esta
medida contribuye a solucionar los problemas que históricamente se presentaban
cuando los operadores desplegaban redes en las edificaciones y establecían
contratos de exclusividad con la constructora o la copropiedad, lo cual
generaba barreras de entrada a otros operadores interesados en prestar el
servicio a los usuarios.
En
este reglamento, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) determinó
que los constructores de edificaciones tendrán la responsabilidad de diseñar,
suministrar, construir, instalar y dejar habilitada la red interna de
telecomunicaciones del inmueble, disponiendo de los espacios y ductos
necesarios, así como de algunos elementos del cableado. Los operadores, por su
parte, tendrán que cumplir con estándares y procedimientos técnicos para el
despliegue de sus cables y redes en estas edificaciones.
Con
el RITEL, la CRC busca que las redes internas se estructuren apropiadamente
desde su diseño, de tal manera que permitan la prestación de todos los
servicios de telecomunicaciones a los usuarios, y a la vez tengan la
disponibilidad para que todos los operadores puedan acceder a cada una de las
viviendas u oficinas que componen la copropiedad. Esta medida se toma
atendiendo lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, en su artículo
54.
El
RITEL es obligatorio para todos aquellos inmuebles que estén sometidos al régimen
de propiedad horizontal, que soliciten licencia de construcción a partir del 15
de julio de 2015. Para los inmuebles ya construidos y aquellos cuya solicitud
de licencia sea anterior a esta fecha, el reglamento es de carácter voluntario.
Al
respecto, Juan Manuel Wilches, Director Ejecutivo de la CRC, señaló: “los
usuarios de nuevas edificaciones de propiedad horizontal tendrán ahora la
libertad de elegir el operador de servicios que le ofrezca el plan que se
ajuste a sus necesidades. Este tipo de medidas, que ha sido implementada en países
como Estados Unidos, Australia, Francia y España, ayuda a la modernización de
las comunicaciones de los hogares en Colombia”.
De
acuerdo con los estudios realizados por la CRC, con el apoyo de la Asociación
Colombiana de Ingenieros Electricistas, Mecánicos, Electrónicos y Afines
(ACIEM), el impacto de la medida en el costo de las viviendas de interés social
prioritario (VIP) asciende aproximadamente a $286.000 (0,4 salarios mínimos),
mientras que para viviendas de interés social (VIS) es del orden de $526.000
(0.8 salarios mínimos).